El día 23 de febrero de 2018 Expansión informó sobre la Sentencia del TJUE del asunto Porras Guisado (Sentencia de 22 de febrero de 2018, Asunto C-103/16), contando con algunos comentarios míos.
Caso Porras Guisado – Afectación de trabajadora embarazada en proceso de despido colectivo
Con fecha de hoy, 22 de febrero de 2018, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia en el caso Porras Guisado, que abordaba la adecuación a derecho comunitario de la posibilidad de afectar a una trabajadora embarazada en un proceso de despido colectivo.
En este caso, la empresa empleadora inició un proceso de despido colectivo. En el mismo se alcanzaron varios acuerdos, que incluían determinadas prioridades de permanencia. Cuando la empleada fue despedida estaba embarazada. Se plantea si el estado de embarazo debería proteger frente a un despido en el marco de un proceso de despido colectivo (a los efectos de esta entrada me voy a referir siempre a «trabajadora embarazada», por ser el supuesto de la demandante, no obstante, en dicha referencia se deben entender incluidas también las situaciones de «trabajadora que ha dado a luz», y «trabajadora en período de lactancia»).
Despido sin causa: improcedente y no nulo. Noticia en Expansión.
El pasado lunes 12 de febrero de 2018 tuve la suerte de comentar de nuevo una sentencia de relevancia en Expansión. Se trata de la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
Despido procedente por no activar el GPS facilitado por la empresa
En esta ocasión voy a llevar a cabo únicamente una breve reseña de una sentencia que, sin aplicar ningún criterio novedoso (motivo por el cuál la entrada será breve), sí puede resultar útil para algún caso concreto.
La sentencia aborda la calificación de un despido disciplinario por negarse de forma reiterada a activar el GPS facilitado por la empresa para el desarrollo del trabajo habitual.
Cuestión interesante desde la perspectiva laboral.
Despido sin causa y despido en fraude de ley: improcedente y no nulo
En esta ocasión voy a comentar una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (29 de diciembre de 2017), que resuelve la calificación jurídica que merece un despido sin causa o despido en fraude de ley. La sentencia reitera doctrina del propio Tribunal Superior de Justicia, y del Tribunal Supremo y declara no ajustada a derecho la sentencia de instancia (dictada por el Juzgado de lo Social 3 de Barcelona) que, en consecuencia, revoca.